A- de 2023
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Ministerio De Educacion Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Demandado Sanmiguel De Rodriguez Myriam
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda y el Juzgado Quinto Civil Municipal de Pereira.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la solicitud de ejecución de una providencia judicial que formuló el Ministerio de Educación Nacional y el FOMAG, por el valor de las costas procesales a las que fue condenada la parte demandante dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho iniciado en su contra.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 008/22 mediante la cual se estableció que, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado, a las partes y demás interesados en el trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda y el Juzgado
- Quinto. Civil Municipal de Pereira (Risaralda), en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda conocer la solicitud de ejecución de providencia judicial presentada por el Ministerio de Educación Nacional -Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio- dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento, tramitado ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda.
- Segundo. Por medio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3905 al Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Quinto. Civil Municipal de Pereira (Risaralda), a los sujetos procesales y a los demás interesados en el trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.